lunes, 10 de octubre de 2016

Quiz # 4


  • Ambiente y reconstrucción cultural y comunitaria en los pueblos indígenas en America Latina 



Nación: Todo el pueblo- todo que tenga que ver con cultura 
Territorio, parte de ella 
Costumbres 
Multicultural 
Tiene sus propias reglas 

Estado: La organización de toda una nación 
legalizar/ Regular 
Carta Magna 

Estado Federal:  Independiente 
Cada estado- mini nación 
leyes de presupuesto 

Brazil y México- Repúblia, nunca les interesó tener un rey

Poder real = económico 

República: donde todo es público, autogobierno 


Democracia: El pueblo gobierna 

Sistema presidencialista-  tiene un presidente electo por el pueblo 

Sistema parlamentarista- Se toman decisiones por medio de decretos 

Parlamental 
-Diputados 
- determinan las leyes 

Ejecutivo 
- Figura de presidencia 
- tienen ministros: 1er ministro 
- Asesores 

Judicial
- Sala V 
-OIJ
-Policía 
-Carta Suprema 
- Jueces 
-Foros- Juzgados 
Penal, civil, familia, agrario 


  • Panamá- Comarca 
Por cada 1,000 indígenas tienen derecho a un diputado 
Propia política, educación... 


Derechos- Fundamentales 
  • Derecho a la vida 
  • Derecho a manifestarse 
  • Derecho a libre tránsito 
  • Derecho a la propiedad 
  • Derecho al agua 

Derechos Fundamentales: 

Título I. De los derechos y deberes fundamentales

  1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
  2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España. 

Capítulo primero. De los españoles y los extranjeros

Artículo 11
    1. La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.
    2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.
    3. El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen.
Artículo 12
    Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.
Artículo 13
    1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley.
    2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.
    3. La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de la ley, atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo.
    4. La ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los apátridas podrán gozar del derecho de asilo en España. 

Derechos DESC 

Los derechos económicos, sociales y culturales son los derechos humanos socioeconómicos, que se diferencian de los derechos civiles y políticos. Los derechos económicos, sociales y culturales se incluyen en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 (DUDH) y se desarrolla su protección en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) de 1966. Ejemplos de estos derechos incluyen el derecho a la alimentación, el derecho a la vivienda, y el derecho a la salud.
Según la teoría de Karel Vasak acerca de las tres generaciones de derechos humanos, estos derechos se consideran como derechos de segunda generación,y la teoría de los derechos negativos y positivos considera que los DESC son derechos positivos. 
ArtículoDerecho reconocido
Art. 6Derecho al trabajo y a la libre elección de empleo
Art. 7Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias
Art. 8Libertad sindical y derecho de huelga
Art. 9Derecho a la seguridad social
Art. 10Protección de la familia y los menores
Art. 11Derecho a un nivel de vida adecuado y a la mejora continua de las condiciones de existencia
Art. 12Derecho a la salud
Arts. 13 y 14Derecho a la educación
Art. 15Derecho a participar en la vida cultural. Protección, desarrollo y difusión de la ciencia y la cultura


Derechos de Personalidad, Imagen 

Con las expresiones “derechos fundamentales” o “derechos de la personalidad” se suele hacer referencia a un conjunto de derechos inherentes a la propia persona que todo ordenamiento jurídico debe respetar por constituir en definitiva manifestaciones varias de la dignidad de la persona y de su propia esfera individual. 
El elenco de tales derechos y la delimitación de los m ismos ha ido incrementándose y fortaleciéndose a lo largo de los siglos en las normas políticas básicas de los Estados europeos. 
La propia Constitución subraya la inherencia de tal conjunto de derechos al propio concepto de persona (art. 10). 
En consecuencia, la categoría de derechos a que nos estamos refiriendo han de ser considerados como un prius respecto de la propia Constitución, en el sentido de que los derechos de la personalidad o derechos fundamentales constituyen un presupuesto de la propia organización política constitucionalmente establecida.

Clasificación instrumental de los derechos de la personalidad 

Considerando directamente el elenco de derechos que deben ser estudiados, los derechos de la personalidad serán encuadrados en los grupos que a continuación se  consideran: 
  • vida e integridad física
  • libertades
  • integridad moral y esfera reservada de la persona y derecho al nombre.
Derecho al Aborto, Internet, Matrimonio Gay 
 
Internet ofrece oportunidades sin precedentes para desarrollar los Derechos Humanos y desempeña un papel cada vez más importante en nuestra vida. Por lo tanto, es esencial que todos los agentes, tanto públicos como privados, respeten y protejan los Derechos Humanos en Internet. También se deben tomar medidas que garanticen que Internet funcione y evolucione de manera que cumpla y sea respetuosa con estos derechos. Para hacer realidad un Internet basado en la Carta Universal de los Derechos Humanos, proponemos los siguientes derechos:

1) Universalidad y Igualdad Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, que deben ser respetados, protegidos y cumplidos en el entorno On Line.
2) Derechos y Justicia Social Internet es un espacio para la promoción, protección y cumplimiento de los Derechos Humanos y el
avance de la justicia social. Toda persona tiene el deber de respetar los derechos de los demás en el entorno On Line.
3) Accesibilidad Toda persona tiene igual derecho a acceder y utilizar Internet de forma segura y libre.
4) Expresión y Asociación Toda persona tiene derecho a buscar, recibir y difundir información libremente en Internet sin censura ni interferencias. Todo el mundo tiene derecho a asociarse libremente a través de Internet, con fines sociales, políticos, culturales o de otro tipo.
5) Confidencialidad y protección de datos Toda persona tiene derecho a la privacidad On Line. Esto incluye el no ser vigilado, el derecho a utilizar cifrado y el derecho al anonimato. Todo el mundo tiene derecho a la protección de datos, incluyendo el control sobre la recolección, retención, transformación, eliminación y divulgación de sus datos personales.

6) Vida, la Libertad y Seguridad El derecho
a la vida, la libertad y la seguridad deben ser respetados, protegidos y cumplidos en Internet.

Estos derechos no deben ser infringidos o utilizados para infringir los derechos de otros.
7) la Diversidad La diversidad cultural y lingüística en Internet debe ser promovida, la innovación técnica y política deben alentar y facilitar la pluralidad de expresión.
8) Igualdad Todo el mundo tendrá acceso universal y abierto a los contenidos de Internet, libre de priorizaciones discriminatorias, filtrado o control de tráfico por razones comerciales, políticas o de otro.
9) Normas y Reglamento La arquitectura de Internet, los sistemas de comunicación y los formatos de documentos y datos se deben basar en estándares abiertos que garanticen la interoperabilidad completa, la inclusión y la igualdad de oportunidades para todos.
10) Gobierno Los Derechos Humanos y la Justicia Social deben ser la base jurídica y normativa sobre la que operar en Internet. Esto sucederá de manera transparente y multilateral, con un Internet basado en los principios de la participación inclusiva y la rendición de cuentas. 


Derecho al Aborto: solo en ciertos países es legal así como el matrimonio gay.